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Operador de una instalación de capacitación que opera barcos

Actualización más reciente: : 2020-04-15 17:22:16

1°. Definición de la actividad

El operador de una instalación de capacitación de operadores de barcos está a cargo de la gestión administrativa, legal y fiscal del establecimiento.

También recluta entrenadores y coordina el trabajo de los equipos.

2°. Cualificaciones profesionales

a. Requisitos nacionales

Legislación nacional

Para poder operar un establecimiento de formación en embarcación, el profesional debe haber obtenido una acreditación del prefecto del lugar donde desea llevar a cabo su actividad.

La acreditación está reservada a cualquier parte interesada que justifique:

  • tener al menos 18 años de edad
  • no haber sido condenado a una sentencia correccional o penal;
  • Estar certificado como conductor de barco o nombrar a un oficial de capacitación;
  • poseer un diploma estatal o un título certificado de educación superior o tecnología en o por encima del Nivel III (B.A. 2), o un diploma emitido en el extranjero a un nivel comparable.

Para ir más allá: Artículo L. 5272-2 del Código de Transporte; Artículos 22 y 23 del Decreto No 2007-1167, de 2 de agosto de 2007, sobre licencias de conducir y formación en lanchas motoras.

Entrenamiento

Una persona que desee dirigir un centro de capacitación en navegación debe haber recibido al menos formación legal, económica, contable o comercial sancionada por uno de los diplomas de Nivel III. También puede haber recibido formación acreditada en la gestión y operación de instalaciones de capacitación de conducta.

Costos asociados con la calificación

La formación que conduce a la actividad de operador de dicha institución se paga y su costo varía según el curso previsto. Para más información, es aconsejable acercarse a los establecimientos que lo eximen.

b. Nacionales de la UE o del EEE: para ejercicios temporales y ocasionales (Entrega gratuita de servicios)

No existe ningún reglamento para un nacional de un Estado miembro de la Unión Europea (UE) o parte del Espacio Económico Europeo (EEE) que desee ejercer como operador de un establecimiento de formación para la realización de un barco en Francia, de forma temporal o casual.

Por lo tanto, sólo las medidas adoptadas para el libre establecimiento de nacionales de la UE o del EEE (véase infra "5o. Los pasos y procedimientos para el reconocimiento de la cualificación") encontrarán que se aplicarán.

c. Nacionales de la UE o del EEE: para un ejercicio permanente (establecimiento libre)

El nacional de la UE o del EEE que tenga su residencia legal en ese Estado miembro y que opere un centro de formación en barco podrá, de forma permanente, llevar a cabo la misma actividad en Francia a partir de entonces:

  • Que posea un certificado de competencia o un certificado de formación necesario para llevar a cabo esta actividad en un estado que regula la profesión y es expedido por una autoridad competente o reconocida;
  • que justifica haber estado en el trabajo durante al menos un año a tiempo completo o a tiempo parcial durante un período de tiempo equivalente en los últimos diez años, cuando el Estado no regula la profesión o la formación;
  • que justifica un título de formación que permita la profesión de operador de establecimiento de formación en embarcación adquirido en un tercer país y reconocido como equivalente en un Estado de la UE o del EEE, y que justifica su ejercicio durante tres años en ese estado.

Si el nacional de un Estado de la UE o del EEE cumple una de estas condiciones, tendrá que solicitar la aprobación del prefecto del lugar en el que desea llevar a cabo su actividad (véase más adelante "5o). a. Solicitar la aprobación de la prefectura para los nacionales de la UE o del EEE para el ejercicio permanente (LE) ").

Cuando existan diferencias sustanciales entre la cualificación profesional del nacional y la formación requerida en Francia, la autoridad competente podrá exigir que el interesado se someta a una medida de compensación (véase infra "5o. a. Bueno saber: medidas de compensación").

Para ir más allá: Artículo 23 del Decreto No 2007-1167, de 2 de agosto de 2007, sobre licencias de conducir y formación en embarcaciones de recreo.

3°. Condiciones de honorabilidad, reglas éticas, ética

El interesado que desee dirigir un establecimiento de formación para el funcionamiento de un barco deberá respetar las condiciones de honor y, en particular, no ser el autor de los delitos:

  • daño a la persona humana;
  • daños a la propiedad (robo, extorsión, fraude, recepción, etc.);
  • consumo de drogas;
  • mano de obra oculta, préstamos o suministro ilegal de mano de obra.

Para ir más allá : anexo al Decreto No 2007-1167 de 2 de agosto de 2007 relativo a la licencia de conducir y la formación en embarcaciones de recreo.

4°. Seguro

Para operar una instalación de capacitación que opera barcos, el profesional debe obtener un seguro de responsabilidad civil profesional.

Además, está obligada a realizar dicho seguro para sus empleados, por los actos realizados durante su actividad profesional.

5°. Procedimientos y formalidades de reconocimiento de cualificación

a. Solicitar la aprobación de la prefectura para los nacionales de la UE o del EEE para el ejercicio permanente (LE)

Documentos de apoyo

La solicitud de acreditación se realiza enviando un archivo al servicio de instructor incluyendo los siguientes documentos justificativos:

  • El formulario Cerfa 14677*01 , rellenado, fechado y firmado;
  • cuando el nacional no haya sido autorizado a enseñar paseos en barco:- Una copia de un documento de identidad válido,
    • Un certificado de competencia o certificado de formación expedido por la UE o el Estado del EEE,
    • un certificado de competencia o un documento de formación que justifique que el nacional ha estado en la actividad durante al menos un año en los últimos diez años, en un estado que no regula la formación o su ejercicio,
    • Una declaración escrita que identifique al gerente de capacitación;
  • Cuando el nacional sea también un instructor, una fotocopia de la autorización de enseñanza;
  • Por lo que se refiere al establecimiento:- Una copia de la impresión Kbis o una entrada de entrada o cámara de comercio extraer menos de un año de edad,
    • para las asociaciones, una fotocopia de la declaración de la asociación en la prefectura y una fotocopia de sus estatutos,
    • prueba de la ocupación de los locales del establecimiento,
    • Una copia del título de navegación del buque de entrenamiento o de los barcos utilizados (copia del arrendamiento del barco o de los barcos si no son propiedad del establecimiento),
    • la descripción del cuerpo de agua utilizado para la formación práctica y su materialización en un mapa marítimo o fluvial,
    • Una fotocopia de los permisos de enseñanza de la escuela y la justificación de su relación social o subordinada con la institución.

Renovación

La acreditación se otorga por un período de cinco años. Sin embargo, antes de la fecha límite, el operador tendrá que solicitar la renovación proporcionando las siguientes partes:

  • Una copia de la aprobación que expira
  • Las piezas solicitadas para su aprobación, cuando cambian la situación del operador;
  • cualquier documentación que justifique la honorabilidad del operador.

Bueno saber: medidas de compensación

El prefecto podrá someter al nacional a una medida de compensación (prueba de alojamiento o aptitud) cuando existan diferencias sustanciales entre la cualificación profesional y la formación recibida por el nacional y requerido en Francia.

El curso de adaptación, cuyo período de duración es fijado por el prefecto, deberá llevarse a cabo en una institución acreditada. El nacional tendrá que darle el certificado de práctica, así como el informe escrito por el jefe de la institución aprobada, y sobre sus habilidades de gestión.

La prueba de aptitud fue aprobada por dos representantes del servicio de instructores y dos gerentes de escuelas certificados. Durante la entrevista, la junta le pedirá al nacional que evalúe su conocimiento de los reglamentos y procedimientos administrativos relativos a la licencia recreativa.

Para ir más allá: Artículos 7 a 11 de la orden del 28 de septiembre de 2007 sobre licencias de conducir de barcos de recreo, certificación de instituciones de formación y expedición de permisos de enseñanza.

b. Remedios

Centro de asistencia francés

El Centro ENIC-NARIC es el centro francés de información sobre el reconocimiento académico y profesional de diplomas.

Solvit

SOLVIT es un servicio prestado por la Administración Nacional de cada Estado miembro de la UE o parte en el acuerdo EEE. Su objetivo es encontrar una solución a una disputa entre un nacional de la UE y la administración de otro de estos Estados. SOLVIT interviene en particular en el reconocimiento de cualificaciones profesionales.

Condiciones

El interesado sólo puede utilizar SOLVIT si establece:

  • que la administración pública de un Estado de la UE no ha respetado sus derechos en virtud del Derecho de la UE como ciudadano o empresarial de otro Estado de la UE;
  • que aún no ha iniciado acciones legales (la acción administrativa no se considera como tal).

Procedimiento

El nacional debe completar un formulario de queja en línea .

Una vez que su expediente ha sido enviado, SOLVIT se pone en contacto con él dentro de una semana para solicitar, si es necesario, información adicional y para verificar que el problema es de su competencia.

Documentos de apoyo

Para entrar en SOLVIT, el nacional debe comunicar:

  • Datos de contacto completos
  • Descripción detallada de su problema
  • todas las pruebas del expediente (por ejemplo, correspondencia y decisiones recibidas de la autoridad administrativa pertinente).

hora

SOLVIT se compromete a encontrar una solución dentro de las diez semanas siguientes al día en que el caso fue asumido por el centro SOLVIT en el país en el que se produjo el problema.

Costo

Gratis.

Resultado del procedimiento

Al final del período de 10 semanas, SOLVIT presenta una solución:

  • Si esta solución resuelve el litigio sobre la aplicación del Derecho europeo, se acepta la solución y se cierra el caso;
  • si no hay solución, el caso se cierra como no resuelto y se remite a la Comisión Europea.

Más información

SOLVIT en Francia: Secretaría General de Asuntos Europeos, 68 rue de Bellechasse, 75700 París ( sitio web oficial ).